Normativa oficial para obtener o prorrogar el permiso de conducción en enfermos cardiovasculares 2013
Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Conductores. Texto vigente a 9 de julio de 2013.
Enfermedades y deficiencias que serán causa de denegación o de
adaptaciones, restricciones de circulación y otras limitaciones en la obtención o
prórroga del permiso o la licencia de conducción.
A efectos de valorar la capacidad funcional, se utilizará la clasificación de la
New York Heart Assotiation en clases de actividad física de la persona objeto de
exploración. En la clase funcional I se incluyen aquellas personas cuya actividad
física habitual no está limitada y no ocasiona fatiga, palpitaciones, disnea o dolor
anginoso. En la clase funcional II se incluyen aquellas cuya actividad física habitual
está moderadamente limitada y origina sintomatología de fatiga, palpitaciones,
disnea o dolor anginoso. En la clase III existe una marcada limitación de la
actividad física habitual, apareciendo fatiga, palpitaciones, disnea o dolor anginoso
tras una actividad menor de la habitual. La clase IV supone la imposibilidad de
desarrollar cualquier actividad física sin la aparición de síntomas en reposo.
Enlaces:
- BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO - Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores »