Normativa oficial para obtener o prorrogar el permiso de conducción en enfermos cardiovasculares 2013

Normativa oficial para obtener o prorrogar el permiso de conducción en enfermos cardiovasculares 2013

Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores. Texto vigente a 9 de julio de 2013.

Enfermedades y deficiencias que serán causa de denegación o de adaptaciones, restricciones de circulación y otras limitaciones en la obtención o prórroga del permiso o la licencia de conducción.

A efectos de valorar la capacidad funcional, se utilizará la clasificación de la New York Heart Assotiation en clases de actividad física de la persona objeto de exploración. En la clase funcional I se incluyen aquellas personas cuya actividad física habitual no está limitada y no ocasiona fatiga, palpitaciones, disnea o dolor anginoso. En la clase funcional II se incluyen aquellas cuya actividad física habitual está moderadamente limitada y origina sintomatología de fatiga, palpitaciones, disnea o dolor anginoso. En la clase III existe una marcada limitación de la actividad física habitual, apareciendo fatiga, palpitaciones, disnea o dolor anginoso tras una actividad menor de la habitual. La clase IV supone la imposibilidad de desarrollar cualquier actividad física sin la aparición de síntomas en reposo.

Normativa oficial para obtener o prorrogar el permiso de conducción en enfermos cardiovasculares 2013


Enlaces:

  1. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO - Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores »


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