Decidir y tratar
Lo que decide primaria con el paciente delante: quién es candidato a cada tratamiento, cómo se accede en España, las dosis que inicia y titula primaria y cómo se resuelven las situaciones de cada día.
Qué fármacos cardiovasculares llevan visado o condiciones de financiación, quién los inicia y qué publica cada comunidad, con la fuente y la fecha en cada celda.
BIFIMED (Nomenclátor de octubre de 2026), consultado entre el 12 y el 24/10/2026; los genéricos, en el Nomenclátor de facturación de octubre de 2026. Al pulsar una familia se ven la fuente y la fecha de cada fármaco.
Es el fármaco con más diferencias entre comunidades. Se leyó lo que publican los 17 servicios de salud e INGESA en sus webs oficiales entre el 15 y el 19/10/2026, para el ESPACIO de arritmias.
Los arGLP-1 en la diabetes tipo 2. El visado es común a todo el SNS (IMC ≥30 kg/m², en combinación); 9 de los 19 territorios publican algo propio para pedirlo, y en el País Vasco el informe lo puede hacer el médico de atención primaria.
Se dispensan en el hospital. El evolocumab, el alirocumab y el inclisirán los prescribe el especialista y los entrega la farmacia del hospital (BIFIMED, 24/10/2026).
Del informe a la receta. La autorización (la ficha técnica, en CIMA), el posicionamiento (los informes de la AEMPS) y la financiación (BIFIMED y el Nomenclátor) son comunes a todo el Sistema Nacional de Salud; el visado se pide y se tramita en cada comunidad. Debajo están, familia por familia, lo que financia el SNS de cada fármaco, con qué condiciones y qué paga el paciente, y después lo que publican las comunidades. Cada dato lleva su fuente y su fecha.
| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Enalaprilo | «Sí» | Ninguna | Reducida | 39 |
| Ramipril | «Sí» | Ninguna | Reducida | 41 |
| Losartán | «Sí» | Ninguna | Reducida | 45 |
| Valsartán | «Sí» | Ninguna | Reducida | 80 |
| Sacubitrilo/valsartán | «Sí, con restricción a la indicación autorizada» | restricción a la indicación | Normal (la general) | Ninguno |
| Lisinopril | «Sí» | Ninguna | Reducida | 14 |
| Perindopril | «Sí» | Ninguna | Reducida | 5 |
| Candesartán | «Sí» | Ninguna | Reducida | 59 |
| Irbesartán | «Sí» | Ninguna | Reducida | 46 |
| Olmesartán | «Sí» | Ninguna | Reducida | 46 |
| Telmisartán | «Sí» | Ninguna | Reducida | 39 |
Sacubitrilo/valsartán. Se financia con la recomendación de usarlo en adultos con FEVI reducida, en clase II-III de la NYHA y con mal control pese a un IECA o un ARA-II; la indicación en niños desde un año no tiene petición de financiación. No tiene genéricos de alta en el Nomenclátor de octubre de 2026.
«Sí, con restricción a la indicación autorizada: Se incluye en la financiación del SNS recomendando su utilización para el grupo definido de pacientes siguiente: “Es una opción de tratamiento para los pacientes con insuficiencia cardíaca crónica grado II-III de la New York Heart Association (NYHA) con fracción de eyección deprimida que presenten un mal control pese al tratamiento convencional de la insuficiencia cardiaca con dosis estable de inhibidores de la enzima de conversión de la angiotensina (IECAs) o antagonistas del receptor de angiotensina (ARA-II)»
El texto de BIFIMED termina ahí, sin cerrar la cita.
Irbesartán. Se financian sus dos indicaciones, la hipertensión esencial y la nefropatía en la diabetes tipo 2 con hipertensión.
Telmisartán. Se financian sus tres indicaciones: la hipertensión esencial y la reducción de la morbilidad cardiovascular en la enfermedad aterotrombótica manifiesta y en la diabetes tipo 2 con lesión de órgano diana.
Lo clínico de estos fármacos está en otras páginas de este ESPACIO: la ficha de un vistazo de cada fármaco, sus dosis de inicio y objetivo, cómo se empieza, cómo se sube y qué se vigila e interacciones, ajustes y notificación.
| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Amlodipino | «Sí» | Ninguna | Reducida | 53 |
| Lercanidipino | «Sí» | Ninguna | Reducida | 26 |
| Nifedipino | «Sí» | Ninguna | Reducida | Ninguno |
| Diltiazem | «Sí» | Ninguna | Reducida | 6 |
| Verapamilo | «Sí» | Ninguna | Reducida | Ninguno |
Nifedipino. Solo hay una presentación de alta en el Nomenclátor de octubre de 2026, de liberación prolongada.
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Hidroclorotiazida | «Sí» | Ninguna | Reducida | 11 |
| Furosemida | «Sí» | Ninguna | Reducida | 14 |
| Indapamida | «Sí» | Ninguna | Reducida | 7 |
| Torasemida | «Sí» | Ninguna | Reducida | 21 |
| Amilorida | «Sí» (las seis presentaciones de la lista de BIFIMED) | Ninguna | Reducida | 2 |
Amilorida. En España solo está disponible asociada a la hidroclorotiazida. Las seis presentaciones de la lista de BIFIMED están financiadas, y cinco están de alta en el Nomenclátor de octubre de 2026, dos de ellas genéricas.
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Bisoprolol | «Sí» | Ninguna | Reducida | 85 |
| Carvedilol | «Sí» | Ninguna | Reducida | 23 |
| Nebivolol | «Sí» | Ninguna | Reducida | 11 |
| Metoprolol | «Sí» | Ninguna | Reducida | 1 |
| Atenolol | «Sí» | Ninguna | Reducida | 23 |
| Propranolol | «Sí» | Ninguna | Reducida | 8 |
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Espironolactona | «Sí» | Ninguna | Reducida | 11 |
| Eplerenona | «Sí» | Ninguna | Reducida | 35 |
| Finerenona | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado y restricción a la indicación | Reducida | Ninguno |
Finerenona. Se financia con visado solo en la enfermedad renal crónica con albuminuria asociada a la diabetes tipo 2. La indicación de insuficiencia cardiaca con FEVI ≥40% figura «en estudio»: «en fase de evaluación de financiación y precio». No tiene resolución de financiación.
«Sí, con restricción a la indicación autorizada: En el ámbito del SNS se limita su dispensación, mediante visado […] para el tratamiento en pacientes adultos de la enfermedad renal crónica (filtrado glomerular estimado mayor o igual a 25 ml/min/1.73 m2) asociada a diabetes tipo 2, que cumplan los criterios de Ratio Albumina Creatinina en orina [RAC] superior o igual a 30 mg/g, y no estén controlados pese al tratamiento con dosis estables optimizadas de IECA o ARA2 y/o iSGLT2, o que presenten intolerancia a IECA o ARA2 o bien a iSGLT2»
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Nitroglicerina | «Sí» | Ninguna | Reducida | 3 |
| Ivabradina | «Sí» | Ninguna | Reducida | 34 |
| Ranolazina | «Sí» | Ninguna | Reducida | 24 |
| Trimetazidina | «Sí» | Ninguna | Reducida | 1 |
| Nicorandil | No figura en BIFIMED | Ninguna | — | Ninguno |
Nitroglicerina. Se financian sin condiciones las tres formas consultadas: los comprimidos sublinguales, la pulverización sublingual y los parches.
Ivabradina. Se financian sus dos indicaciones, la insuficiencia cardiaca y la angina estable.
Nicorandil. Ni CIMA ni BIFIMED tienen ningún medicamento con nicorandil (búsqueda del 24/10/2026), como dice su ficha de CardioTeca.
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Apixabán | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado y restricción a la indicación | Reducida | Ninguno |
| Rivaroxabán | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado | Reducida | 77 |
| Edoxabán | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado y restricción a la indicación | Reducida | Ninguno |
| Dabigatrán | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado | Reducida | 43 |
| Acenocumarol | «Sí» | Ninguna | Reducida | 2 |
| Warfarina | «Sí» | Ninguna | Reducida | Ninguno |
Apixabán. Se financia en la fibrilación auricular no valvular («Sí, financiada indicación autorizada»); en la trombosis venosa profunda y la embolia pulmonar figura como «No incluida». Los genéricos consultados figuran como «financiado pendiente de alta».
Rivaroxabán. Se financia en la fibrilación auricular no valvular y en la trombosis venosa profunda y la embolia pulmonar; en niños, la indicación figura como «No incluida».
Edoxabán. Se financia en la fibrilación auricular no valvular; en la trombosis venosa profunda y la embolia pulmonar figura como «No incluida».
Dabigatrán. Se financia en la fibrilación auricular no valvular y en la trombosis venosa profunda y la embolia pulmonar; en niños, la indicación figura como «No incluida».
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Ácido acetilsalicílico | «Sí» | Ninguna | Normal | 10 |
| Clopidogrel | «Sí» (genéricos) y «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» (el original) | Visado | Normal | 62 |
| Ticagrelor | «Sí» (90 mg) y «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» (60 mg) | Visado y restricción a la indicación | Normal | 31 |
| Prasugrel | «Sí» | Visado | Normal | 8 |
| Cilostazol | «Sí» | Diagnóstico hospitalario y Visado | Normal | 11 |
Ácido acetilsalicílico. Se financian sin condiciones las presentaciones de 100 y 300 mg consultadas, con aportación normal.
Clopidogrel. BIFIMED le pone visado al original y a los genéricos. En el original se financian la fibrilación auricular (en combinación con ácido acetilsalicílico, cuando no se puede usar un antagonista de la vitamina K), el síndrome coronario agudo, el infarto con elevación del ST y el infarto, el ictus o la enfermedad arterial periférica recientes; la combinación con ácido acetilsalicílico tras un accidente isquémico transitorio o un ictus menor figura como «No incluida». Recogen el visado del clopidogrel, por ejemplo, la lista del País Vasco (01/10/2026) y la de Castilla-La Mancha (julio de 2026).
Ticagrelor. Las dos dosis llevan visado. La de 90 mg se financia en el síndrome coronario agudo y tras un infarto con alto riesgo aterotrombótico; la de 60 mg, solo como continuación de la de 90 mg, según su resolución:
«Sí, con restricción a la indicación autorizada: Uso restringido en pacientes adultos con antecedentes de infarto de miocardio (IM) como terapia de continuación del ticagrelor 90mg y con alto riesgo de desarrollar un acontecimiento aterotrombótico, es decir, con al menos uno de los siguientes factores de riesgo de aterotrombosis: edad mayor o igual a 65 años, diabetes mellitus que precisa medicación, un segundo IM anterior, evidencia de ECA (enfermedad arterial coronaria) en múltiples vasos, o disfunción renal crónica en fase no terminal»
Prasugrel. Se financia con visado en el síndrome coronario agudo con intervención coronaria percutánea.
Cilostazol. Se financia en la claudicación intermitente (estadio II de Fontaine) como tratamiento de segunda línea. Quién lo inicia. La prescripción exige un diagnóstico hecho en el hospital, aunque se dispense en la farmacia de calle.
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Enoxaparina | «Sí» | Ninguna | Reducida | Biosimilares |
| Bemiparina | «Sí» | Ninguna | Reducida | Ninguno |
| Fondaparinux | «Sí» | Ninguna | Reducida | Ninguno |
Enoxaparina. Hay biosimilares de alta en el Nomenclátor (BIFIMED los marca como «Biosimilar»).
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Amiodarona | «Sí» | Ninguna | Reducida | 1 |
| Digoxina | «Sí» | Ninguna | Reducida | Ninguno |
| Flecainida | «Sí» | Ninguna | Reducida | 6 |
| Dronedarona | «Sí» | Diagnóstico hospitalario y Visado | Reducida | 4 |
Dronedarona. Quién lo inicia. La prescripción exige un diagnóstico hecho en el hospital, aunque se dispense en la farmacia de calle.
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Atorvastatina | «Sí» | Ninguna | Normal | 126 |
| Rosuvastatina | «Sí» | Ninguna | Normal | 78 |
| Ezetimiba | «Sí» | Ninguna | Normal | 18 |
| Simvastatina | «Sí» | Ninguna | Normal | 54 |
| Pitavastatina | «Sí» | Ninguna | Normal | 30 |
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Ácido bempedoico | Financiado con visado | Visado y restricción a la indicación | Normal | Ninguno |
| Evolocumab | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Dispensación en el hospital y restricción a la indicación | Sin aportación (se dispensa en el hospital) | Ninguno |
| Alirocumab | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Dispensación en el hospital y restricción a la indicación | Sin aportación (se dispensa en el hospital) | Ninguno |
| Inclisirán | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Dispensación en el hospital y restricción a la indicación | Sin aportación (se dispensa en el hospital) | Ninguno |
| Fenofibrato | «Sí» | Ninguna | Normal | 10 |
| Icosapento de etilo | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado y restricción a la indicación | Normal | Ninguno |
Ácido bempedoico. Se financia con visado en la hipercolesterolemia familiar heterocigota y en la enfermedad vascular aterosclerótica no controladas con la dosis máxima de estatina y ezetimiba, o con ezetimiba si la estatina no se tolera o está contraindicada (BIFIMED, código nacional 729840).
Evolocumab. Quién lo inicia. Lo prescribe el especialista y lo entrega la farmacia del hospital, sin cupón precinto (condición «SCP» de BIFIMED y estado «H-ALTA» en el Nomenclátor).
«Sí, con restricción a la indicación autorizada: Uso restringido a las siguientes indicaciones: -Pacientes con enfermedad cardiovascular establecida (cardiopatia isquemica, enfermedad cerebrovascular isquemica y enfermedad arterial periferica) no controlados (definido como c-ldl superior a 100 mg/dl) con la dosis maxima tolerada de estatinas. - Pacientes con hipercolesterolemia familiar homocigota (hfho) no controlados (definido como c-ldl sea superior a 100 mg/dl) con la dosis maxima tolerada de estatinas. - Pacientes con hipercolesterolemia familiar heterocigota (hfhe) no controlados (definido como c-ldl superior a 100 mg/dl) con la dosis maxima tolerada de estatinas. - Cualquiera de los pacientes de los grupos anteriores, que sean intolerantes a las estatinas o en los que las estatinas estan contraindicadas y cuyo c-ldl sea superior a 100 mg/dl»
Alirocumab. Las plumas que se dispensan hoy son las nuevas, de alta en la financiación desde el 01/02/2025; la pluma anterior de 150 mg (código nacional 708035) figura como «H-BAJA POR NO COMERCIALIZAR», con fecha de exclusión del 01/03/2026. Quién lo inicia. Lo prescribe el especialista y lo entrega la farmacia del hospital, sin cupón precinto (condición «SCP» de BIFIMED y estado «H-ALTA» en el Nomenclátor).
«Sí, con restricción a la indicación autorizada: Financiación restringida para los siguientes grupos de pacientes: -Pacientes adultos con hipercolesterolemia familiar heterocigota (HFHe) no controlados (definido como C-LDL superior a 100 mg/dl) con la dosis máxima tolerada de estatinas. -Pacientes adultos con enfermedad cardiovascular establecida (cardiopatía isquémica, enfermedad cerebrovascular isquémica y enfermedad arterial periférica) no controlados (definido como C-LDL superior a 100 mg/dl) con la dosis máxima tolerada de estatinas. -Cualquiera de los pacientes adultos de los grupos anteriores, que sean intolerantes a las estatinas o en los que las estatinas están contraindicadas y cuyo C-LDL sea superior a 100 mg/dl - Pacientes pediátricos de 8 años y menos de 18 años, con hipercolesterolemia familiar heterocigota (HFHe) no controlados (definido como C-LDL superior a 130 mg/dl) con la dosis máxima tolerada de estatinas o que sean intolerantes a las estatinas o en los que las estatinas están contraindicadas y cuyo C-LDL sea superior a 130 mg/dl»
Inclisirán. Quién lo inicia. Lo prescribe el especialista y lo entrega la farmacia del hospital, sin cupón precinto (condición «SCP» de BIFIMED y estado «H-ALTA» en el Nomenclátor).
«Sí, con restricción a la indicación autorizada: Se financia para los siguientes grupos de pacientes: - pacientes con hipercolesterolemia familiar heterocigota (HFHe) no controlados (definido como c-LDL superior a 100 mg/dl) con la dosis máxima tolerada de estatinas (sola o en combinación con ezetimiba) - pacientes con enfermedad cardiovascular establecida (cardiopatía isquémica, enfermedad cerebrovascular isquémica o enfermedad arterial periférica) no controlados (definido como c-LDL superior a 100 mg/dl) con la dosis máxima tolerada de estatinas (sola o en combinación con ezetimibe) - cualquiera de los pacientes de los grupos anteriores que sean intolerantes a las estatinas o en los que las estatinas están contraindicadas y cuyo C-LDL sea superior a 100 mg/dl»
Icosapento de etilo. La resolución de BIFIMED:
«Sí, con restricción a la indicación autorizada: En el ámbito del SNS, se limita su dispensación, mediante visado, para reducir el riesgo de eventos cardiovasculares en pacientes adultos con diagnóstico de enfermedad arteriosclerótica y con un riesgo alto de eventos cardiovasculares, con tratamiento optimizado y valores de C-LDL de entre mayor a 40 mg/dL y menor o igual a 100 mg/dL y en los que los valores de TG persisten elevados (mayor de 150 mg/dl) a pesar del tratamiento con estatinas +/- otros hipolipemiantes a dosis máximas toleradas»
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Dapagliflozina | Financiada para determinadas indicaciones | restricción a la indicación | Reducida | Ninguno |
| Empagliflozina | Financiada para determinadas indicaciones | restricción a la indicación | Reducida | Ninguno |
Dapagliflozina. Se financia en la diabetes tipo 2. En la insuficiencia cardiaca, solo con FEVI <40% no controlada con la primera línea (IECA o ARA-II con betabloqueante) y la segunda (antagonista del receptor de mineralocorticoides), o con FEVI >40% sintomática y NT-proBNP elevado. En la enfermedad renal crónica, con filtrado de 25 a 75 mL/min/1,73 m², cociente albúmina/creatinina de 200 a 5.000 mg/g y sin control pese a un IECA o un ARA-II a dosis estables optimizadas (BIFIMED, código nacional 709153).
Empagliflozina. Se financia en la diabetes tipo 2. En la insuficiencia cardiaca, con FEVI ≤40% y NT-proBNP elevado sin control con IECA, ARA-II o sacubitrilo/valsartán junto a un betabloqueante y un antagonista del receptor de mineralocorticoides (salvo intolerancia o contraindicación), o con FEVI >40% sintomática y NT-proBNP elevado. En la enfermedad renal crónica, con filtrado de 20 a menos de 45 mL/min/1,73 m², o de 45 a 90 con cociente albúmina/creatinina de 200 mg/g o más, sin control pese a un IECA o un ARA-II (BIFIMED, código nacional 702686).
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| Fármaco | Situación en BIFIMED | Condiciones | Aportación | Genéricos de alta |
|---|---|---|---|---|
| Semaglutida | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado y restricción a la indicación | Reducida | Ninguno |
| Tirzepatida | «No financiado por resolución» (01/07/2024) | Ninguna | — | Ninguno |
| Liraglutida | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado y restricción a la indicación | Reducida | 1 |
| Dulaglutida | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» | Visado y restricción a la indicación | Reducida | Ninguno |
Semaglutida. La subcutánea y la oral llevan visado en la diabetes tipo 2, en obesos con IMC ≥30 kg/m² y en terapia combinada (no en monoterapia), incluida la insulina; no se financia la posología de 2 mg a la semana. La presentación para el control del peso figura como «No financiado por resolución» desde el 01/04/2023.
Tirzepatida. En la diabetes tipo 2 figura como «Sin petición de financiación», y en el control del peso, como «No incluida» (BIFIMED, código nacional 764820).
Liraglutida. Lleva visado en la diabetes tipo 2 con IMC ≥30 kg/m², en combinación con hipoglucemiantes orales o insulina basal; la monoterapia no se financia.
Dulaglutida. La resolución de BIFIMED:
«Sí, con restricción a la indicación autorizada: Financiación restringida, en el ámbito del SNS, consistente en limitar su dispensación, mediante visado para el tratamiento de la diabetes mellitus tipo 2 en obesos con un índice de masa corporal igual o mayor de 30Kg/m2 y en terapia combinada con otros antidiabéticos (no en monoterapia), incluyendo insulina, cuando éstos, junto con la dieta y el ejercicio, no proporcionan un control glucémico adecuado»
Lo clínico de estos fármacos está en otras páginas de este ESPACIO: la ficha de un vistazo de cada fármaco, sus dosis de inicio y objetivo, cómo se empieza, cómo se sube y qué se vigila e interacciones, ajustes y notificación.
Una pasada por los 17 servicios de salud y por INGESA (Ceuta y Melilla) en sus webs oficiales, entre el 15 y el 19/10/2026, buscando lo que cada uno publica sobre el visado de los anticoagulantes directos: sus criterios, quién lo pide y cómo se tramita. Cada documento, abierto y leído ese día. «No encontrado» no es «no existe».
Quién puede pedirlo, en las que lo dicen. En el País Vasco, el informe lo puede hacer también el médico de atención primaria; en la Comunitat Valenciana, la indicación y la primera prescripción pueden hacerlas los especialistas implicados en el proceso, también los de Medicina Familiar y Comunitaria; en Madrid, el informe es del especialista del Servicio Madrileño de Salud, de atención primaria o de atención hospitalaria; en Canarias, la continuidad la solicita el médico de familia con una analítica actualizada.
9 comunidades con criterios propios publicados. Andalucía (abril de 2026) y Murcia (diciembre de 2024) aplican el IPT de 2024, con el umbral del 70% de tiempo en rango; País Vasco (abril de 2026), Cataluña (2018) y Castilla y León (2019) escriben el 65% (Rosendaal) o el 60% (método directo) del IPT de 2016, y la Comunitat Valenciana (2017), el 60% de controles en rango; Castilla-La Mancha y Madrid remiten al IPT de 2016, y Canarias (septiembre de 2026), a los de 2024, sin cifra propia.
Qué dice
Para la FA no valvular, buen cumplimiento previo, ausencia de contraindicaciones y una de estas situaciones: control del INR insuficiente; hipersensibilidad o contraindicación a acenocumarol o warfarina; cardioversión (3 semanas antes y 4 después) o ablación con catéter (3 semanas antes y 8 después); intervención coronaria percutánea con antiagregación; alto riesgo de hemorragia intracraneal o hemorragia previa (HAS-BLED de 3 o más); ictus isquémico o accidente isquémico transitorio previo; imposibilidad de acceso al control del INR. En la trombosis venosa y la embolia pulmonar, «SOLO SE FINANCIA PARA DABIGATRAN Y RIVAROXABAN». Remite a los IPT de 2024 de la AEMPS y a la Resolución del Servicio Andaluz de Salud de 30/11/2021 sobre gestión y control del visado de recetas.
Cita literal
«Se considerará que el control de INR es subóptimo cuando el porcentaje de tiempo en rango terapéutico (TRT) sea inferior a 70%, calculado por el método de Rosendaal.»
Fuente
Leído el 15/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
Recoge las situaciones del IPT de 2024: en el paciente nuevo, «ACOD o AVK»; los AVK, de elección con buen control del INR, prótesis mecánica o estenosis mitral de moderada a grave, insuficiencia renal grave y síndrome antifosfolípido; los ACOD, en la hipersensibilidad a los AVK, la cardioversión o la ablación, la intervención coronaria con antiagregación, el riesgo alto o el antecedente de hemorragia intracraneal, el ictus isquémico previo, el tiempo en rango por debajo del 70% (por debajo del 60% con el método directo) y la imposibilidad de acceso al control del INR. Los ACOD, «sujetos a visado de inspección», con un informe para la prescripción y el visado (anexo I).
Cita literal
«La gestión administrativa del visado será para 12 meses en aquellos pacientes que precisan una prescripción de tipo crónico.»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
Criterios del visado en la FA no valvular: hipersensibilidad o contraindicación a warfarina o acenocumarol; hemorragia intracraneal previa; ictus isquémico con alto riesgo de hemorragia intracraneal; episodios tromboembólicos arteriales graves con un AVK y buen control del INR; tiempo en rango por debajo del 65% (Rosendaal) o menos del 60% de valores en rango en al menos los últimos 6 meses; imposibilidad de acceso al control del INR. «Informe por especialista de Osakidetza en cardiología, medicina interna, hematología, neurología, nefrología, médico atención primaria o geriátrica.» En noviembre de 2025, 86.671 personas con anticoagulación oral en la comunidad: 64,6% con un ACOD y 34,6% con un AVK.
Cita literal
«Entre los ACOD, el 72,4% de los tratamientos estaban financiados mediante visado (el 79% para la fibrilación auricular no valvular (FANV)).»
Fuente
Leído el 15/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
Los ACOD son «d’elecció» en la FA no valvular con hipersensibilidad o contraindicación a los AVK, hemorragia intracraneal previa, ictus isquémico con criterios de alto riesgo de hemorragia intracraneal, episodios tromboembólicos arteriales con el INR en rango, mal control del INR pese a buena adherencia y imposibilidad de acceder al control del INR. Buen control: tiempo en rango de 65% o más (Rosendaal) o de 60% o más (método directo) en los últimos seis meses. Los cuatro ACOD, «alternatives terapèutiques similars vàlides».
Cita literal
«Els AVK (acenocumarol i warfarina) són els anticoagulants orals prioritzats per a pacients amb FA amb indicació d’anticoagulació.»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
Indicaciones de los ACOD en la FA no valvular con CHA₂DS₂-VASc de 2 o más y una situación del IPT de 2016: hipersensibilidad o contraindicación a acenocumarol o warfarina; hemorragia intracerebral previa; ictus isquémico con alto riesgo de hemorragia intracraneal; episodios tromboembólicos arteriales graves o control del INR fuera de rango pese a buen cumplimiento con un AVK; imposibilidad de acceso al control del INR.
Cita literal
«Se considera control inadecuado cuando las determinaciones de INR dentro del rango terapéutico sean inferiores al 60% (o del 65% si se utiliza el método de Rosendaal).»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
Acenocumarol y warfarina, de elección en el paciente nuevo salvo un criterio que justifique un ACOD. Los ACOD, en la FA no valvular con hemorragia cerebral previa, ictus isquémico con riesgo elevado de hemorragia intracraneal, hipersensibilidad o contraindicación a los AVK, complicaciones tromboembólicas graves con el INR correcto, mal control del INR (formulario: menos del 60% de controles en rango en los últimos 6 meses) o imposibilidad justificada de acceso al control del INR; el formulario añade el inicio en la cardioversión eléctrica inminente (rivaroxabán y edoxabán, 90 días como máximo). La inspección verifica el formulario de la historia electrónica (Abucasis). Sigue en la lista de «Protocolos y directrices de medicamentos con visado» de la Conselleria (consultada el 19/10/2026). PDF escaneado, leído como imagen.
Cita literal
«La indicación y primera prescripción […] deberá realizarse por un/una facultativo/a especialista implicado en el proceso asistencial, incluyendo los especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria.»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
Las condiciones del visado electrónico: cumplir la indicación financiada y no tener contraindicación; al menos una de las situaciones del apartado 4.2 del IPT UT_ACOD/V5/21112016 y los siete criterios de su tabla 3. Las condiciones están en las diapositivas, leídas como imagen.
Cita literal
«Cumplir condiciones de posicionamiento: “al menos una”»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
No se ha localizado publicada en la web de la Comunidad: se cita por la resolución del Defensor del Pueblo de 03/04/2023, que la reproduce. El visado pide un informe del especialista del Servicio Madrileño de Salud, de atención primaria o de atención hospitalaria; los AVK siguen siendo, «en general», de elección al iniciar, y los ACOD, una opción en las situaciones del IPT. El Defensor recomendó a la Consejería no exigir requisitos «más restrictivos de los autorizados establecidos por el organismo estatal de evaluación».
Cita literal
«Para el visado de recetas de los ACOD por la Inspección Sanitaria, se requerirá un informe del especialista del Servicio Madrileño de Salud (de Atención Primaria o de Atención Hospitalaria).»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
Las indicaciones financiadas de cada ACOD (BIFIMED, consultado en junio de 2026) y los criterios generales de los IPT de 2024 de la AEMPS. En la web del visado del Servicio Canario de la Salud: la primera autorización se pide por la receta electrónica y cubre, por regla general, un año; la continuidad de los ACOD la solicita el médico de familia con una analítica actualizada.
Cita literal
«Las indicaciones financiadas requieren autorización mediante visado.»
Solo el procedimiento general del visado
Qué dice
El Servei de Farmàcia revisa que la indicación se ajuste a las condiciones de financiación del Ministerio; con receta electrónica, 24-48 horas laborables; con receta en papel, la receta y el informe del médico en la unidad de visado de cada isla. Sin documento propio de criterios de los ACOD localizado.
Cita literal
«A la nostra Comunitat, si la prescripció es realitza a través de Recepta Electrònica es resol, de forma general, en 24-48 hores en dies laborals.»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
El trámite general: se hace en el propio centro de salud o en la Inspección Médica del área sanitaria, y la receta visada vale 10 días. Sin documento propio de criterios de los ACOD del servicio de salud localizado (hay un dictamen de un hospital, fuera del método: solo documentos del servicio de salud o de la consejería).
Cita literal
«El periodo de validez de la receta es de 10 días a partir de la fecha del visado.»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
La renovación de las recetas electrónicas que requieren visado de la Inspección se puede pedir en línea (scsalud.es/tramitesonline). Sin documento propio de criterios de los ACOD localizado.
Cita literal
«la renovación de recetas electrónicas que requieran visado de la Inspección»
Fuente
- DocumentoNota de prensa: trámites en línea del Servicio Cántabro de Salud (Gobierno de Cantabria, 14/01/2022)
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
En Aragón, Navarra, Galicia, Extremadura, La Rioja, Ceuta y Melilla no se localizó ningún documento entre el 15 y el 19/10/2026. «No encontrado» no es «no existe»; debajo, dónde se buscó en cada una.
- Aragón. Webs del Gobierno de Aragón y del Salud. El BOA del 30/01/2026 dice que la lista de los visados de inspección, con sus indicaciones, está en farmasalud.salud.aragon.es, actualizada a diciembre de 2025; esa dirección no se abre desde fuera de la red del servicio de salud.
- Navarra. Webs del Gobierno de Navarra y portalsalud.navarra.es. La guía de anticoagulación oral del Servicio Navarro de Salud (versión 13, revisada el 23/04/2025) aparece en el buscador, pero su servidor devolvió un error en los tres intentos del 19/10/2026: no se ha podido leer.
- Galicia. Webs del Servizo Galego de Saúde y de la Xunta: el protocolo de anticoagulación oral para enfermería trata los AVK; ningún documento sobre el visado de los ACOD.
- Extremadura. Webs del Servicio Extremeño de Salud y de la Junta de Extremadura: ningún documento sobre el visado de los ACOD.
- La Rioja. Webs de Rioja Salud y del Gobierno de La Rioja: ningún documento sobre el visado de los ACOD.
- Ceuta. Repositorio de INGESA (por su interfaz de datos): los boletines farmacoterapéuticos de Ceuta de 2018 a 2026, 20 números, leídos enteros; ninguno trata los ACOD.
- Melilla. Repositorio de INGESA: los boletines farmacoterapéuticos de Melilla son de 2005 a 2013; ningún documento actual sobre los ACOD.
- En el ESPACIO de arritmiasAcceso en España: los anticoagulantes directos, sus informes de posicionamiento y sus antídotos
- Defensor del PuebloRecomendación sobre el visado de los ACOD (03/04/2023)
El visado de la semaglutida, la dulaglutida y la liraglutida es común a todo el Sistema Nacional de Salud: en la diabetes tipo 2, en obesos con IMC igual o mayor de 30 kg/m² y en terapia combinada, no en monoterapia (BIFIMED, en la familia de los agonistas del receptor de GLP-1). Lo que cambia de una comunidad a otra es lo que publica para pedirlo. El 24/10/2026 se buscó en las webs oficiales de los 17 servicios de salud y de INGESA, y cada documento se abrió y se leyó ese día, salvo los de Asturias, Cantabria, Baleares, Canarias y Ceuta, que se leyeron el 15 y el 19/10/2026 para el ESPACIO de arritmias. «No encontrado» no es «no existe».
Quién puede hacer el informe, en las que lo dicen. En el País Vasco, también el médico de atención primaria; en Murcia, las continuaciones las puede prescribir el médico de familia. En Cataluña, el acuerdo del CatSalut no prioriza los arGLP-1 por debajo de un IMC de 35, aunque se financian desde 30.
9 de los 19 territorios publican algo propio sobre los arGLP-1. Castilla-La Mancha (2026), País Vasco (2026) y Castilla y León (2020) tienen una lista oficial de los medicamentos con visado que incluye los arGLP-1; Ceuta (2026), La Rioja (2024), Murcia (2023), Madrid (2020) y C. Valenciana (2019) publican una guía, una nota o un boletín propio del visado, y Cataluña (2024) tiene criterios de uso más estrictos que la financiación.
Lista oficial de los medicamentos con visado, con los arGLP-1
Qué dice
La relación de las presentaciones con visado, del Nomenclátor de julio de 2026, con su indicación financiada: en la semaglutida, la diabetes tipo 2 en obesos con IMC igual o mayor de 30 kg/m² en terapia combinada, con el texto de la resolución del Ministerio. El visado se tramita en el momento de la receta (e-visado, desde junio de 2018).
Cita literal
«Financiación restringida, en el ámbito del SNS, consistente en limitar su dispensación, mediante visado para el tratamiento de la diabetes mellitus tipo 2 en obesos con un índice de masa corporal igual o mayor de 30Kg/m2 y en terapia combinada con otros antidiabéticos (no en monoterapia)»
Fuente
Leído el 24/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
La lista de los medicamentos con visado del País Vasco, de octubre de 2026, recoge la liraglutida, la dulaglutida y la semaglutida subcutánea y oral con su indicación financiada: la diabetes tipo 2 en terapia combinada (no en monoterapia) en obesos con IMC mayor de 30 kg/m². Para cada uno pide un informe de prescripción y diagnóstico, y nombra quién lo puede hacer.
Cita literal
«Informe de prescripción y diagnóstico por especialista de Osakidetza en endocrinología, medicina interna, nefrología, médico de atención primaria o geriátrica.»
Qué dice
La lista de los medicamentos con visado de Sacyl, de noviembre de 2020 (985 páginas), con la semaglutida, la dulaglutida y la liraglutida entre los principios activos con visado. Es la última publicada en su web; desde el 18/05/2026 la prescripción y el visado electrónico están integrados en la receta electrónica.
Quién lo publica
Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (Sacyl)
Fuente
Leído el 24/10/2026 en la web oficial.
Guía, nota o boletín propio del visado
Qué dice
El boletín trae un apartado «Condiciones de visado» de la semaglutida oral con la resolución del Ministerio: uso limitado a personas obesas con IMC igual o mayor de 30 kg/m² y en terapia combinada. Se leyó el 19/10/2026 en el repositorio de INGESA, para el ESPACIO de arritmias.
Cita literal
«Uso limitado a personas obesas con un índice de masa corporal igual o mayor de 30Kg/m2 y en terapia combinada con otros antidiabéticos (no en monoterapia)»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
Para el primer visado, la Inspección comprueba en la historia clínica el diagnóstico de diabetes tipo 2, el tratamiento con otros antidiabéticos, la HbA1c que justifica la prescripción y el IMC igual o superior a 30 kg/m²; para continuar, solo que el paciente sigue en terapia combinada.
Cita literal
«Para autorizar la continuidad de visado de estos medicamentos, cuando proceda, únicamente se requerirá por parte de Inspección médica que el paciente sigue en terapia combinada con otros antidiabéticos.»
Fuente
Leído el 24/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
La guía del visado para quien prescribe, fármaco a fármaco: en la semaglutida, la dulaglutida y la liraglutida, la diabetes tipo 2 en obesos con IMC ≥30 en terapia combinada (no en monoterapia). Dice además quién puede prescribir las continuaciones.
Cita literal
«En general todas las continuaciones de tratamiento las puede prescribir el médico de familia excepto: tratamientos de fertilidad, dietas, antibióticos, corticoides y Suboxone.»
Fuente
Leído el 24/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
El documento de criterios del Servicio Madrileño de Salud para elegir antidiabético recoge que los arGLP-1 se financian con visado de inspección en la diabetes tipo 2 con IMC ≥30 kg/m², en combinación, y lleva un anexo con las indicaciones financiadas que requieren visado.
Cita literal
«Los aGLP1 están financiados en pacientes DM2 con IMC ≥ 30 kg/m2 en combinación con otros ADNI o insulina, mediante visado de inspección.»
Fuente
Leído el 24/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
La guía de la Conselleria y de las sociedades de primaria, endocrinología y medicina interna para pedir el visado de los antidiabéticos, con un modelo de informe por fármaco. En los arGLP-1 pide el diagnóstico de diabetes tipo 2, la edad de 18 años o más, el IMC previo al tratamiento y con qué otros antidiabéticos se combina. Sigue en la lista de protocolos de medicamentos con visado de la Conselleria (consultada el 24/10/2026).
Cita literal
«Datos necesarios para el informe: Diagnóstico: Diabetes tipo 2. Edad ≥18 años. IMC previo al tratamiento.»
Fuente
Leído el 24/10/2026 en la web oficial.
Criterios de uso más estrictos que la financiación
Qué dice
El acuerdo recuerda que la financiación está restringida a la terapia combinada con IMC ≥30 kg/m², pone a la dulaglutida, la liraglutida y la semaglutida subcutánea en la categoría C («para pacientes que han agotado otras alternativas») y fija criterios de inicio: la terapia triple con IMC ≥35 cuando la insulina no se considera apropiada. Pide revisar a los 1-3 meses y después cada 6.
Cita literal
«l’ús dels ARGLP1 no està prioritzat si IMC < 35 kg/m2»
Fuente
Leído el 24/10/2026 en la web oficial.
Solo el procedimiento general del visado
Qué dice
El Servei de Farmàcia revisa que la indicación se ajuste a las condiciones de financiación del Ministerio. Sin documento propio sobre los arGLP-1 localizado (búsqueda del 24/10/2026).
Cita literal
«A la nostra Comunitat, si la prescripció es realitza a través de Recepta Electrònica es resol, de forma general, en 24-48 hores en dies laborals.»
Fuente
Leído el 15/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
La renovación de las recetas electrónicas que requieren visado se puede pedir en línea. Sin documento propio sobre los arGLP-1 localizado (búsqueda del 24/10/2026).
Cita literal
«la renovación de recetas electrónicas que requieran visado de la Inspección»
Fuente
- DocumentoNota de prensa: trámites en línea del Servicio Cántabro de Salud (Gobierno de Cantabria, 14/01/2022)
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
El trámite general del visado: se hace en el centro de salud o en la Inspección Médica del área. Sin documento propio sobre los arGLP-1 localizado (búsqueda del 24/10/2026).
Cita literal
«El periodo de validez de la receta es de 10 días a partir de la fecha del visado.»
Fuente
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
Qué dice
La primera autorización se pide por la receta electrónica y cubre, por regla general, un año. Sin documento propio sobre los arGLP-1 localizado (búsqueda del 24/10/2026).
Quién lo publica
Servicio Canario de la Salud
Fuente
- DocumentoVisado de medicamentos y productos sanitarios (Servicio Canario de la Salud, sin fecha en la página)
Leído el 19/10/2026 en la web oficial.
En Andalucía, Galicia, Extremadura, Aragón, Navarra y Melilla no se localizó ningún documento el 24/10/2026, o no se pudo leer. «No encontrado» no es «no existe»; debajo, dónde se buscó en cada una.
- Andalucía. El buscador localiza en la web del Servicio Andaluz de Salud un documento de «Condiciones de visado. Antidiabéticos» (enero de 2022) y la lista de «Medicamentos sometidos a visado» de 2026, pero el 24/10/2026, a las 00:19, a las 00:23 y a las 05:12, la web devolvía «El servicio no se encuentra disponible en este momento»: no se han podido leer.
- Galicia. Webs del Servizo Galego de Saúde y de la Xunta: un catálogo priorizado de medicamentos (01/10/2026) sin la lista de visado en abierto; ningún documento sobre el visado de los arGLP-1.
- Extremadura. Webs del Servicio Extremeño de Salud y de la Junta de Extremadura: ningún documento sobre el visado de los arGLP-1.
- Aragón. Webs del Gobierno de Aragón y del Salud: ningún documento sobre el visado de los arGLP-1; la lista de los visados de inspección está en farmasalud.salud.aragon.es, que no se abre desde fuera de la red del servicio de salud.
- Navarra. Webs del Gobierno de Navarra y portalsalud.navarra.es: una ficha de evaluación de la semaglutida de 2020, cuyo servidor devolvió un error el 24/10/2026; ningún documento sobre el visado.
- Melilla. Web y repositorio de INGESA: ningún documento sobre los arGLP-1 de Melilla.
El ESPACIO de insuficiencia cardiaca recorrió el 12/10/2026 las webs oficiales de los 17 servicios de salud y de INGESA buscando lo que publica cada uno sobre su tratamiento: evaluaciones de los fármacos, boletines y procesos asistenciales. De lo que encontró, 48 documentos en 13 de los 19 territorios tratan de alguno de los siete fármacos de la insuficiencia cardiaca que están en este ESPACIO (sacubitrilo/valsartán, dapagliflozina, empagliflozina, ivabradina, finerenona, eplerenona y espironolactona).
En Aragón, Asturias, Extremadura, Murcia, La Rioja y Melilla no se localizó ningún documento sobre estos fármacos el 12/10/2026. Dónde se buscó en cada una está en el ESPACIO de insuficiencia cardiaca.
La búsqueda es la del ESPACIO de insuficiencia cardiaca del 12/10/2026, que no se ha repetido: cada documento se abrió y se leyó ese día. La situación de estos fármacos en BIFIMED está en las familias de los IECA, los ARA-II y el sacubitrilo/valsartán, los antagonistas del receptor de mineralocorticoides, los antianginosos y los inhibidores del SGLT2.- En el ESPACIO de insuficiencia cardiacaAcceso en España: los informes de posicionamiento, el mapa por comunidades y la prescripción real
Esto es lo que quiere decir cada condición que aparece en las familias de fármacos, con la fuente de cada definición.
| Lo que pone | Qué quiere decir en la consulta | Fuente |
|---|---|---|
| Visado | Antes de dispensarse, la receta pasa por la inspección del servicio de salud, que comprueba que la prescripción se ajusta a la ficha técnica y a las indicaciones financiadas. Cómo se pide cambia de una comunidad a otra. | Real Decreto 618/2007; manual de BIFIMED, apartado 8 |
| Diagnóstico hospitalario | La prescripción exige un diagnóstico hecho en el hospital, aunque se dispense en la farmacia de calle. | Condición «DH» de BIFIMED |
| Dispensación en el hospital («SCP») | Sin cupón precinto y dispensación en los servicios de farmacia del hospital: lo prescribe el especialista y lo entrega la farmacia del hospital. | Manual de BIFIMED, apartado 8 |
| «H-ALTA» en el Nomenclátor | Medicamento financiado y comercializado de dispensación hospitalaria; «Alta», el que se dispensa en las oficinas de farmacia. | Manual de BIFIMED, apartado 8 |
| Restricción a la indicación | El Sistema Nacional de Salud solo financia algunas indicaciones de la ficha técnica, o a un grupo de pacientes; la receta del SNS solo cubre esas. | «Sí para determinadas indicaciones/condiciones» en BIFIMED |
| Aportación reducida | La que BIFIMED llama «especial»: el 10% del precio de venta al público, con un máximo por dispensación. | Artículo 102.6.a de la Ley de garantías; medido en el Nomenclátor de facturación |
| Aportación normal | El porcentaje que corresponde al paciente por su renta y por ser activo o pensionista. | Artículo 102.5 de la Ley de garantías |
- Ministerio de SanidadBIFIMED: la situación de financiación de cada presentación
- Ministerio de SanidadNomenclátor de facturación de cada mes
- AEMPSCIMA: la autorización, la comercialización y la ficha técnica de cada medicamento
- AEMPSInformes de posicionamiento terapéutico: qué son y dónde se publican
- En el ESPACIO de arritmiasAcceso en España de los anticoagulantes, los antiarrítmicos y los antídotos
- En el ESPACIO de insuficiencia cardiacaAcceso en España de los fármacos de la insuficiencia cardiaca
Para seguir en este ESPACIO
- La ficha de un vistazo de cada fármaco, con su ficha técnica y su guía
- Dosis de inicio y objetivo de lo que titula primaria
- Cómo se empieza, cómo se sube y qué se vigila, familia por familia
- Interacciones, ajustes por la función renal y cómo notificar
- Cuándo derivar y con qué urgencia, problema a problema
Esta página se revisa cada trimestre, y cada dato lleva su fuente y su fecha de consulta. Las fuentes son oficiales y públicas: BIFIMED y el Nomenclátor del Ministerio de Sanidad, la AEMPS y CIMA, el BOE y las webs de los servicios de salud y de INGESA.